Entrevista a Myriam Kon (Trabajadora social de Prohijar)

¿Cuáles son las ventajas y desventajas de la adopción directa?

La respuesta a esta pregunta no puede soslayar que estamos hablando de la adopción en nuestro país, en una sociedad que es la nuestra, y en nuestro tiempo.(Porque podría ser diferente en otros lugares, con otros contextos y otras prácticas sociales. Y de hecho es así, cada país tiene su propia realidad, en la que el tema adopción tiene características y metodologías diversas).
Aquí, hoy, sería así:
La adopción directa (asi llamada cuando la progenitora entrega "directamente" el niño a quienes lo adoptarán) es un acto que puede fácilmente prestarse a presiones y manejos, esto en una gama que va desde el "favor",el abuso de poder o el engaño, hasta lo abiertamente delictual, de "vender" una vida humana, un niño.
Claro que no siempre una adopción directa responde a ese molde. Hay casos ética y humanamente atendibles, (por ej. el de una mujer que no pudiendo criar a su hijo, y con previo vínculo con otros allegados que pueden y desean hacerlo, quisiera delegar en ellos su crianza) y otros casos justificados.
Pero ¿con que "controles" se separan unos casos de otros? ¿quien "garantiza" que no se trate de convenios encubiertos, que dejan al niño sin la protección que la mirada y el seguimiento de un Juzgado de Familia puede brindar?....
Y cuando estos "tratos directos" se hacen antes de que el niño nazca¿como resolver eventuales desacuerdos si el niño nace con alguna enfermedad congénita?¿como resolver el desamparo en que pueda quedar?
Estos son sólo algunos cuestionamientos. Hay mas; la forma en que el niño llega a la vida de quienes serán sus padres, incide en la calidad y la solidez del vínculo, hace al contenido y la forma del "relato" sobre sus orígenes que alguna vez los padres repasarán con él.
Por otra parte, las ventajas del mecanismo legal, trasparente y ético al que siempre debiera responder la adopción, hacen a su propia esencia: dar padres a un niño que los necesita, convirtiendo a la vez en padres a quienes sienten el anhelo de ejercer esa función, con el apoyo de una autoridad instituída (en este caso la Justicia y los equipos de profesionales por ella autorizados) que puedan dar cuenta de la idoneidad de esos padres para la función.

¿Es ventajoso que los padres adoptivos conozcan a la madre biológica antes que nazca el bebé?

Otra vez reitero que es importante tener en cuenta que la respuesta está en relación con el contexto de país que se considere, con sus prácticas sociales,con sus modos de vida, con la legislación que lo rija. En algunos países es una práctica aceptada, junto a otras modalidades para nosotros no habituales (por ej. la adopción "abierta") .
Lo cierto es que se trata de una situación muy intensa, que a algunos padres adoptivos les resulta difícil afrontar. Para otros, es una forma de "conjurar" las fantasías sobre ese personaje cuya apariencia se desconoce.
Cada situación tiene características peculiares, que hay que tener en cuenta, sin caer en generalizaciones que pueden resultar nefastas.

¿Es común que los chicos busquen a sus padres biológicos cuando son más grandes?

Los medios de comunicación suelen hacerse eco de casos donde personas-algunas veces ya adultas, y a veces con carreras exitosas, y habiendo ya formado su propia familia, rastrean sus orígenes y buscan familiares biológicos.
En general se trata de adopciones donde no hubo claridad o verdad a lo largo de la crianza del hijo, ni el espacio apropiado para-ya grande- poder hablar el tema con los padres adoptivos y encontrar respuesta a las dudas y sospechas que desde niño siempre tuvo.
Estos casos son mas bien propios de una época pasada, donde la adopción funcionaba como algo poco claro, rodeado de cierta "vergúenza", mas bien silenciado y no siempre hecho dentro del marco de la Ley y la verdad.
Hablemos ahora de épocas mas recientes, donde la Psicología y otras ciencias mostraron que sólo sobre la base de la verdad se pueden establecer vínculos sanos, así como también analizaron el concepto de identidad, incluyendo en él tanto el factor biológico como lo adquirido.
De verdad, hay muchos casos en que niños adoptados sienten inquietud por conocer sus familiares biológicos - mas puntualmente a la pregenitora o a hermanos, si saben de su existencia- .
Reitero: inquietud o deseo de conocerlos, de verlos.(Conocerlos y verlos significa casi siempre solamente eso, y difiere mucho de la generalizada fantasía o temor acerca de un "reencuentro" que pueda deivar en hechos concretos que modifiquen el contexto en que el niño está viviendo y el sentir que lo une a su familia, aquella que lo ha criado).
Y en otros tantos casos, esa inquietud simplemente no se presenta.
Lo importante es estar atento al desenvolvimiento del niño, creando los espacios de confianza y seguridad que le permitan expresar sus inquietudes, y estar abierto a responderlas, desde una actitud continente, afectuosa y plena de respeto por su persona y sus orígenes y también dispuesto a recurrir a la ayuda profesional si fuera necesario.
Cabe aclarar que la Ley de Adopción consagra el derecho del adoptado de acceder a la información que sobre él pudiera existir, a partir de los 18 años de edad, y quienes lo adoptan, deben prestar conformidad a ello.

¿Por qué es diferente la legislación en algunas provincias en relación a la adopción? ¿Qué conflictos trae esto? ¿Por qué no adhirieron al Registro Único de Adoptantes?

En nuestro país coexisten modalidades diversas de encarar la tramitación correspondiente, según se trate de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, o de las distintas provincias.
Desde el año 2005 funciona la Dirección Nacional del Registro Único de Aspirantes a guarda con fines adoptivos, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación., creada a fin de dar trasparencia y agilidad a un sistema que debiera abarcar a todo el país. Pero el articulado de la Ley dice que las provincias podrán adherir al Registro, lo cual no implica obligatoriedad. Y, por razones de índole diversa, a mas de 2 años de funcionamiento del Registro Unico, no lo han hecho: solo el Registro de la Ciudad (RUAGA) vuelca la información de su listado al Registro Nacional (RUA).
Cabe aclarar que actualmente quienes tienen domicilio en la Ciudad de Buenos Aires, deben inscribirse en el RUAGA, el que centraliza la previa inscripción de los postulantes, quienes deben asistir, obligatoriamente, a tres talleres informativos, antes de su evaluación psicológica y socio-ambiental. Luego pueden optar por realizar estas evaluaciones allí o en una ONG autorizada a tal fin.
Por otra parte la única autoridad competente para otorgar la guarda de un niño con fines adoptivos, es el Juez de cuya jurisdicción depende el niño. Y cada Juez tiene su particular modalidad para relacionarse con los organismos que pueden colaborar en la búsqueda de familias idóneas, con disposición para adoptar.
La verdadera finalidad para la cual el Registro Nacional fue creado, podrá cumplirse en la medida en que todas las provincias adhieran a su funcionamiento.
Igualmente, la mera existencia del RUA, por si sola, no parece suficiente para la eficacia a la que se aspira: otras medidas complementarias aparecen como deseables y oportunas, por ejemplo campañas sostenidas de información sobre el tema, políticas de apoyo a la niñez y la madre en riesgo, y sobre todo, la implementación de espacios institucionales a los que fácilmente pudiera acudir la mujer en conflicto con su maternidad, para decidir libremente ,sin señalamientos ni prejuicios, sobre la crianza de su hijo por nacer. Lugares donde encontrar apoyo para tomar su propia decisión, a cargo de profesionales idóneos con experiencia en el tema. (Este recurso ya existe, aisladamente, en algunas provincias, donde funcionan en estrecha coordinación con los Juzgadosde Familia de la zona)

Hay lista de padres que quieren adoptar, pero ¿hay una lista de niños en condición de ser adoptados? ¿Debería haberla?

Se trata de un tema polémico: podemos leer en una nota Editorial del diario La Nación (14/3/04) como se puntualizaban criteriosamente los perjuicios de no contar con un Registro de niños en condiciones de ser adoptados.
Pero, mas allá de las grandes dificultades de orden práctico para recabar esta información, existen reservas en cuanto a la conveniencia de hacerla pública ¿no se estaría violando el derecho a la privacidad, consagrado por el art. 16 de la Convención sobre los Derechos del Niño? (Ya existió una acción de Amparo en tal sentido, interpuesta por una Defensoría)

¿Qué opina de los institutos donde tienen a los niños hasta que puedan ser adoptados? ¿Es beneficioso para el menor permanecer allí? ¿Qué otra solución hay?

Periódicamente podemos leer en los diarios y revistas artículos sobre el tema de los niños alojados en Instituciones de cuidado transitorio ( sean Pequeños Hogares, Institutos, familias sustitutas, "amas externas" familias cooperantes, etc.) denominaciones que abarcan la variedad de recursos para proveer al cuidado y amparo de niños privados del que naturalmente debieran recibir. Cada uno de estos recursos tiene pros y contras propios, según su implementación y el perfil de l personal directivo, profesional y operadores que allí se desempeñen, y el Programa al cual responde.
Pero lo verdaderamente perjudicial -y esto comprende a todos los recursos mencionados- es que lo que debiera tener vigencia transitoria, se extienda en el tiempo, poniendo al niño en una situación ambigua, que o bien le impide crear vínculos saludables si se trata de lugares inadecuados, despersonalizados, o bien induce a confusiones e inseguridades, cuando es puesto en un ámbito familiar donde inevitablemente se van creando lazos de apego y afecto ,y al que tendrá que dejar cuando estos ya son muy sólidos.
Daña al niño una situación incierta que se prolonga. Ese tiempo que está pasando con alguien-persona, pareja, familia, institución, sean voluntarios o no, retribuídos o no, entrenados o no, tengan apoyo profesional o carezcan de él, es un tiempo real, con gravitación en la vida y la formación del niño.
Desde la reciente implementación de la Ley de Protección Integral (que reemplaza a la antigua Ley de Patronato, por la cual era una práctica habitual poner a los niños , por causas asistenciales, en una Institución o Programa que cubriera sus necesidades de amparo y cuidado) se puede observar una preocupación de la Justicia por el paso siguiente, antes no resuelto con la celeridad deseable. Este consiste, nada menos, que en implementar un proyecto definitivo, estable , para el futuro inmediato del niño.
A esto debe aspirarse: a que la ubicación transitoria sea lo mas transitoria posible, solo el tiempo imprescindible para agotar la investigación de las posibilidades reales de la familia biológica -si la hubiera-, que se haga cargo de él, o bien de la búsqueda de una familia o entorno estable y definitivo en el que pueda crecer sanamente.


¿Tienen alguna estadística de cuántos chicos se entrega-n por provincia, cuántas personas hay en lista de adopción y cuántos niños en institutos y hogares esperando a ser adoptados? ¿Saben dónde puedo conseguir los datos?

Por las causas antes consignadas, respecto de la renuencia de las provincias a volcar sus Registros locales al Registro Nacional, solo puedo hablar de cifras relativas a la Ciudad Autónoma de Bs. As.
Hacia fines del 2006, figuraban inscriptos en dicho listado, 1607 aspirantes a guarda. Se estimaba que cada mes se inscriben unos 40 nuevos postulantes. Entre los 24 Juzgados de Familia que hay en la Ciudad, se formalizan unas 100 adopciones al año.
En lo relativo a la población de niños alojados en Hogares o Institutos, puedo trascribir datos publicados el último año, que hablan de 19.576 niñas, niños y adolescentes alojados en Instituciones, privados de su libertad; de ellos ,la gran parte -un 87.1%- está internado por situaciones asistenciales, vinculadas a la pobreza, enfermedad, adicciones o abandono, y un 12.1% por causas penales.
Para actualizar los datos aquí consignados, las fuentes serían: el RUA en lo relativo a los postulantes inscriptos, y en lo relativo a la población de niños, niñas y adolescentes alojados en Hogares o Institutos, tanto el SENNAF (antesCONNAF) para el ámbito nacional, como el Consejo de los Derechos del Niño, niña y adolescentes dependiente del Gobierno de la Ciudad A. de Bs.Aires, en lo que a ella se refiere.

¿Cuál cree que es el principal factor que genera que se realicen tantas adopciones ilegales?

Confluyen varios factores: la dilatada e incierta espera que sigue al cumplimiento de los requisitos formales y de evaluación que deben realizar los aspirantes a la adopción de un niño dentro del marco de la legalidad, espera que no siempre está acompañada de la suficiente información y acompañamiento con que se debiera contar.
La tan esperada creación del Registro Unico de aspirantes a Adopción, al no traducirse en una herramienta eficaz por la ya señalada renuencia de las provincias a conveniar con la Nación, no pudo contribuír a mejorar las condiciones en que se transita el proceso de la adopción.
Se trata de un tema aún rodeado de muchos prejuicios y desinformación. No siempre los postulantes tienen clara la diferencia entre adoptar un niño, y conseguir un niño..
No siempre reciben, aún en lugares vinculados al funcionamiento legal de la Adopción, información real y veraz que los alerte sobre ofrecimientos irregulares, y sus eventuales perjuicios.
Durante el período de imprevisible espera, quienes desean adoptar, están expuestos a escuchar sobre distintos caminos de ilegalidad: falsa inscripción de nacimiento, falso reconocimiento que el adoptante realiza respecto de un supuesto hijo al que su madre abandona, seguido de un posterior pedido de adopción por parte de la esposa del reconociente; adopciones directas que encubren un acuerdo a cambio de.... convirtiendo al niño en una mercancía de la que se puede disponer, y finalmente, la inescrupulosa intermediación de terceros que lucran dentro de nefastas organizaciones de tráfico de niños, según ocasionalmente trasciende ante la opinión pública.
Asi como son múltiples las causas que inciden en que haya un enorme número de acciones irregulares, inadecuadas, abusivas o francamente delictivas alrededor de la Adopción, tampoco hay una sola "solución" para terminar con ellas.
Se precisa de políticas de protección por parte del estado hacia las personas o familias en riesgo, tanto para brindar ayuda cierta y sostenida en el tiempo, para que puedan criar a sus hijos si desean hacerlo, como brindando la contención y el apoyo profesional oportuno para que puedan decidir en libertad si no pueden -material o afectivamente- hacerse cargo de ellos.
La eficacia de estas acciones solo parece posible si paralelamente se efectúan campañas de información, sostenidas en el tiempo, adecuadas a cada realidad local, destinadas a esclarecer temas vinculados a la familia, las obligaciones de los padres, los derechos de los niños y cuestiones básicas de la crianza que inciden en la salud mental y el desarrollo de un niño.
El objetivo de estas acciones apuntaría a cambiar el paradigma social asentado en una concepción feudal de la paternidad y la maternidad, injusto a la luz de la época en que vivimos, donde sabemos que no es la mera Biología que inviste loa padres como tales, sino el ejercicio de la función.
Hoy sabemos que no son padres quienes traen un niño al mundo sino quienes les garantizan sus derechos básicos: ser amados, educados, alimentados , ser protegidos, no ser violentados, ser respetados...
Cuando estos derechos no pueden garantizarse dentro del núcleo biológico de origen, es obligación del Estado arbitrar otras alternativas: acogimiento familiar, guarda, adopción... respetando en cada caso, el interés y los tiempos del niño.
Insistimos que en nuestra opinión resulta indispensable la creación de ámbitos de atención y apoyo para la mujer en conflicto con su maternidad, lugares de fácil acceso, que trabajen en coordinación con los Tribunales de Familia y donde ella pudiera libremente, sin señalamientos ni presiones, decidir si se hará cargo- o no- del niño que trajo al mundo.
Cuando a travós de recursos como los aqui planteados, y de una progresiva superación de arraigados prejuicios puedan ir cambiando las prácticas sociales, y pueda verse como algo realista, no vergonzante, dar un niño en adopción, todas las acciones irregulares y las maniobras ilegales que hoy funcionan a pleno, perderían su razón de ser.

No hay comentarios: